TEMA 2

 FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA: CRITERIOS DE ELECCIÓN

LA FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA 

PORTAL MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y TURISMO 

REALIZAR TES I
REALIZAR TEST II

REALIZAR LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES SOBRE TIPOS DE EMPRESAS
Explicar brevemente las siguientes cuestiones:
 

1. Las sociedades mercantiles adoptan frecuentemente las figuras de sociedad limitada
y sociedad anónima. ¿Qué ventajas tienen sobre la figura del empresario individual?
¿En qué se diferencian ambos tipos de sociedades mercantiles?
 

2. Un proyecto empresarial determinado está determinando la planificación del negocio.
Si el promotor es único y quiere crear una empresa individual, ¿qué características
tendrá este tipo de empresa?
 

3. La ley clasifica las sociedades mercantiles en empresas personalistas y empresas de
capital o capitalistas. Argumentar las diferencias principales existentes entre estas
dos figuras jurídicas.
 

4. Tipos de sociedades mercantiles según la responsabilidad de sus propietarios.
 

5. ¿Cuáles son los trámites sociales (o laborales) y los municipales para la constitución
de una empresa?
 

6. Finalidad de las Sociedades Laborales; requisitos y trámites.

EJERCICIO DE AMPLIACIÓN: SL NUEVA EMPRESA: CARACTERÍSTICAS Y TRÁMITES

CASO EJERCICIO DEL COMERCIO POR PERSONA CASADA
Hay que tener en cuenta que en el caso de que uno de los cónyuges ejerza una actividad empresarial, quedarán afectados al mismo tanto los bienes propios del comerciante, como los bienes comunes de su matrimonio.
En España, cuando una pareja contrae matrimonio, rige por defecto la llamada "Sociedad de Gananciales" (salvo en determinadas Comunidades Autónomas con Derechos Forales propios - Aragón, Baleares, Cataluña, Navarra, etc.- y salvo que hayan optado por otro Régimen Económico en Capitulaciones Matrimoniales hechas ante Notario.)
En el Régimen de Sociedad de Gananciales, existen bienes privativos de cada cónyuge (los que tuviese antes de contraer matrimonio, los que haya recibido por donación o herencia, los que haya comprado con dinero privativo, etc.) y bienes comunes de ambos (los salarios obtenidos del trabajo, las rentas obtenidas de los bienes privativos o ganaciales, los adquiridos con dinero común,etc.).
Pues bien, en caso de que uno de los cónyuges ejerza el comercio, responderán del mismo tanto los bienes privativos del cónyuge-empresario, como los comunes del matrimonio (no los privativos del cónyuge no empresario).
El Código de Comercio exige que para que los bienes comunes queden obligados, el otro cónyuge debe prestar su consentimiento, pero este consentimiento se presume:
  • cuando se ejerza el comercio con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge que deba prestarlo.
  • cuando al contraer matrimonio se hallare uno de los cónyuges ejerciendo el comercio y lo continuare sin oposición del otro.
Por lo tanto, para que los bienes comunes del matrimonio no queden afectados ni respondan de la actividad empresarial del cónyuge comerciante (en caso de deudas, por ejemplo), es necesario que exista oposición expresa del otro cónyuge, lo cual deberá hacerse constar en escritura pública, ante Notario, e inscribirse en el Registro Mercantil.
Como decíamos, esto es aplicable a los bienes comunes. Los bienes privativos del cónyuge que no ejerza el comercio, no quedarán afectados por la actividad empresarial, salvo que lo autorice expresamente.
Resumen - Responsabilidad en caso de deudas en la actividad del Cónyuge Empresario:
Bienes privativos del cónyuge empresario Responden de las deudas de la actividad.
Bienes Comunes del matrimonio. Responden de las deudas de la actividad empresarial, salvo si existe oposición expresa del otro cónyuge, mediante escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
Bienes privativos del cónyuge que NO es empresario No responden de las deudas de la actividad, salvo que lo autorice expresamente.

GUIA PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS  
TRÁMITES PARA INICIAR LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL